viernes, 12 de diciembre de 2014

Reforma tributaria 'apretaría' a colombianos de ingresos medios

Se busca corregir un vacío del 2012, que les permitió a muchos pagar menos de lo que les tocaba.

Declarantes como personas naturales podrían pagar más impuesto de renta con la reforma tributaria.
Declarantes como personas naturales podrían pagar más impuesto de renta con la reforma tributaria.

El proyecto de reforma tributaria tiene varios ajustes a los impuestos que pagan las personas naturales, para quienes también habrá un 'apretón'.
El primero de estos ajustes viene por cuenta de una modificación a las condiciones para poder utilizar el sistema del Impuesto Mínimo Alternativo Simple (Imás), una declaración simplificada que está vigente y que declarar renta de forma fácil, pagando un monto superior y que queda en firme en solo seis meses.
Expertos tributaristas consultados explican que según la ponencia que está para plenarias de Senado y Cámara, los umbrales para poder usar este sistema se van a reducir, pues el remedio pensado hace dos años para que los asalariados e independientes pagaran un poco más, resultó peor que la enfermedad.
En el documento que será sometido a votación se reduce de 4.700 unidades de valor tributario (UVT) a 2.800 UVT el monto el valor de los ingresos (a la fecha es renta gravable) máximos al año para poder utilizar este sistema de pago simplificado, que sirve tanto para empleados asalariados como para los trabajadores independientes o por cuenta propia.
Horacio Ayala, exdirector de la Dian y experto en temas tributarios, explica que el cambio tiene como objetivo corregir un vacío que quedó en la reforma del 2012, que llevó a que muchos contribuyentes que estaban en el sistema ordinario y no eran sujetos del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (Imán), se acogieran al Imás, pagando menos de lo que les correspondía.
El experto explica que muchos de estos contribuyentes con ingresos por debajo de las 4.700 UVT al año (129,1 millones de pesos actualmente) declaraban a través del Imás, con lo cual resultaban unas retenciones mayores que el valor a pagar en la declaración, generando saldos a favor, es decir, devoluciones de dinero.
El umbral: $ 79,1 millones
“Este fue un defecto que les quedó en la reforma del 2012, pues en la práctica nos encontramos con esta situación muchas veces”, señala Ayala al enfatizar que lo que se busca es que las personas cuyos ingresos de este año sean superiores a los 79,1 millones de pesos utilicen el sistema ordinario y no el Imás.
El cambio cubrirá a quienes ganan entre este monto y los 129,1 millones de pesos (actualmente 4.700 UVT, monto por debajo del cual hoy se puede hacer la declaración con el sistema del Imás).
Lo complejo del asunto –a juicio de Ayala- es que es muy difícil saber el impacto que este ‘descache’ tuvo en el recaudo de las declaraciones de renta que se hicieron en el 2013 y el 2014, ya que la Dian no ha dado cifras al respecto y mucho menos del número de personas que pudieron haber aprovechado para pagar menos impuestos de los que les tocaba.
Límites a independientes
En los cambios que plantea la ponencia del proyecto de reforma tributaria también hay requisitos más exigentes para que los trabajadores por cuenta propia o independientes puedan utilizar el Imás a la hora de declarar renta.
Lo anterior porque un nuevo numeral del proyecto señala que así el 80 por ciento de los ingresos de este trabajador provenga de solo una actividad económica, tampoco se va a poder acoger al Imás si su patrimonio líquido excede las 12.000 UVT, equivalente a 339,3 millones de pesos para el 2015.
En resumen, tanto para los asalariados como para los independientes, el proyecto de reforma tributaria quiere atajar cualquier vía para que los contribuyentes opten por el Imás e incluirlos en el sistema ordinario.
Asimismo, en la ponencia se está buscando corregir otra inconsistencia que quedó en la reforma del 2012 frente a los trabajadores independientes, relacionada con la expedición de un decreto reglamentario en el que se estableció que tienen derecho a descontar el 25 por ciento de sus ingresos al año para calcular la base gravable, al igual que ocurre con los asalariados.
Según Ayala, se le está dando fuerza de ley una medida que el Gobierno ya se había tomado a través de este decreto, pues lo más seguro es que esto se puede quedar sin piso jurídico si no está en la ley.

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