Radicado anoche proyecto que alivia cobros parafiscales y cobra impuestos desde $ 2,3 millones de ingresos.
Tras varios anuncios y fechas, anoche finalmente el ministro de Hacienda,
Mauricio Cárdenas, radicó en la Cámara de Representantes, con mensaje de
urgencia, el proyecto de reforma tributaria.
La iniciativa tiene 102 artículos, es decir, el 12,5 por ciento de lo que
contenía la reforma estructural a la que le apuntaba el ministro anterior, Juan
Carlos Echeverry, por lo que el director de Anif, Sergio Clavijo, comentó que
“intentó dispararle con perdigones a todo”.
En el proyecto definitivo se propone crear el impuesto mínimo alternativo
nacional que gravará los sueldos y honorarios de trabajadores –independientes y
asalariados– que sean superiores a 2,3 millones de pesos, con un tributo a la
renta del 1 por ciento, en forma progresiva hasta el 5 por ciento para salarios
hasta 8 millones de pesos.
El impuesto de renta para trabajadores ya no será cobrado mediante el
mecanismo de retención en la fuente.
Otra gran modificación es la del impuesto a la renta de las empresas, que
baja de 33 por ciento al 25.
Así mismo, les quitan a las empresas los aportes al Sena y al Bienestar
Familiar que se pagan sobre la nómina y se remplazan con un impuesto adicional
de renta de 8 por ciento.
Así, ese recaudo cubrirá el desmonte parcial, en 13,5 puntos, de los llamados
impuestos a la nómina que cubren los empleadores y que representan 29,5 por
ciento adicional al costo de cada empleado que contratan.
El proyecto también le apunta a reducir las tarifas de IVA de siete a tres
(cero, cinco y 16 por ciento), pero crea nuevos impuestos al consumo que se
aplicarán a restaurantes, y adicionales al IVA en carros y telefonía
celular.
La tarifa cero será para los productos de la canasta familiar. Según explicó
Cárdenas, “tarifa cero es mejor que estar exento de IVA, porque, en el caso de
los productores, les permite recuperar el IVA pagado en los insumos de la
producción, por ejemplo del pan”.
La tasa de IVA de 5 por ciento será para incentivar al agro, uno de los
sectores que requiere impulso, para que esta locomotora empiece a andar a mayor
velocidad de la que ha tenido hasta ahora.
DEBATE SOBRE EMPLEO
Sobre el impuesto de renta a las empresas, el director de la Dian, Juan
Ricardo Ortega, expresó que “si alguien genera mucho empleo y no está teniendo
utilidades, al bajarle el costo al empleo todo ese costo que ahorró lo vuelve
utilidades”.
El presidente de la Confederación General del Trabajo (CGT), Julio Roberto
Gómez, advirtió sobre intentos pasados similares que no lograron ningún
resultado.
“Las reformas al Código Laboral de 1990 y 2002 buscaban la generación de
empleo eliminando, supuestamente, las rigideces. Sin embargo, los índices de
desocupación nunca bajaron y, por el contrario, se incrementaron”.
RECHAZAN MÁS IVA EN SALUD PREPAGADA
La industria aseguradora rechazó la propuesta de la reforma tributaria de
subir de 10 a 16 por ciento el IVA a la medicina prepagada en el país, por
considerar que la iniciativa no se ajusta al principio de equidad que persigue
el Gobierno.
Según estudios adelantados por la industria del seguro, una persona que
cuente con el servicio de medicina prepagada le puede ahorrar al POS entre 40 y
50 puntos.
REFORMA DE LA A A LA Z
Día a día, los términos para entender el debate de las próximas semanas.
Exención tributaria
Es una norma de carácter excepcional que consiste en que la ley excluye de la
aplicación de un impuesto a determinados actos o personas que normalmente son
gravados.
Declaraciones tributarias
Son los documentos elaborados por el contribuyente con destino a la Dian, en
los cuales se da cuenta de la realización de los hechos gravados, cuantía y
demás circunstancias requeridas para la determinación de los impuestos, de
acuerdo con las exigencias legales.
Declaración de renta (objetivo)
Servir de base para liquidación del impuesto de renta y complementarios y
otros impuestos que la ley tiene establecidos para liquidar conjuntamente.
Declaración de renta
Es un documento que los contribuyentes, y algunos no contribuyentes,
presentan a la Dian sobre su estado de ingresos y egresos en el período gravable
comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre del año que
corresponda.
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