jueves, 9 de abril de 2015

Aún tiene tres años para solicitar su pensión

Si usted hace parte del Régimen de Transición para pensionarse y no entregó la documentación hasta el 31 de diciembre del año pasado, no se preocupe, todavía tiene tres años para hacerlo sin perder ninguna de sus mesadas.
Alejandra Téllez, abogada especialista en temas pensionales y vocera de la firma TG Consultores, dedicada a brindar soluciones en pensiones explicó que ningún hombre o mujer que cumplió con los requisitos va a perder sus derechos. "En Colombia hay algo que se llama derecho adquirido, y lo que dice es que esos derechos no se perderán en un término de tres años", expresa.
¿Pero qué es el Régimen de Transición?. De acuerdo con la profesional este régimen está vigente desde el primero de abril de 1994, para los trabajadores que en esa fecha cumplían con 15 años de cotización en pensión. Las mujeres con 35 años o más y hombres con 35 años o más tenían derecho a estar dentro de ese régimen pensional.
"Si la persona no solicitó el reconocimiento de su pensión de vejez antes del 31 de diciembre de 2014, tiene un plazo máximo de 3 años para hacerlo. Es importante tener claro que este régimen es un beneficio que solo cobija a las personas que estén afiliadas al régimen de prima media", explicó Téllez.
Sin la edad necesaria
Agregó que quienes no cumplieron con el requisito de la edad, pero que tenían 750 semanas cotizadas, también tienen derecho a ese beneficio. Reitera que el plazo es hasta el 2017 para que inicien la solicitud de su pensión. "El régimen estuvo vigente en un principio hasta el 31 de julio de 2010 y continuó para aquellos que cumpliendo los requisitos iniciales de edad acreditaban adicionalmente 750 semanas cotizadas al 27 de julio de 2005". Para ellos el régimen siguió vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.
Dice Asofondos
La Asociación Colombia de Administradores de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos) explicó en su página web que quienes se trasladaron al Régimen de Ahorro Individual perdieron los derechos de su pensión, pero la Corte Constitucional determinó la protección de aquellas personas que estuvieron en el Régimen de Transición por tener 15 años de servicios o aportes al 1 de abril de 1994. "Para ellos permitió el retorno del Régimen de Ahorro Individual al Régimen de Prima Media para que se pensione en aplicación del Régimen de Transición", señala Asofondos.
¿Qué hay que hacer?
 
De acuerdo con Alejandra Téllez, abogada especialista en temas pensionales y vocera de la firma TG Consultores, lo primero que debe hacer un trabajador es consultar en Colpensiones las semanas cotizadas de pensión. Después de tener el dato de semanas cotizadas, debe asesorarse para entregar los documentos.

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