lunes, 6 de abril de 2015

No le tenga miedo a la ley de insolvencia, que puede ser su salvavidas

Conozca cómo llegar a acuerdos si no puede cumplir las obligaciones de cualquier tipo.

La ley de insolvencia es una salida a deudas de difícil pago.
La ley de insolvencia es una salida a deudas de difícil pago.

Los días y meses posteriores a las vacaciones ‘desnudan’ el mal manejo de las finanzas personales o el efecto que tienen sobre estas situaciones, como la pérdida del empleo o el fracaso de un negocio.
Y no pocas veces el verdadero problema no es tanto el gasto de diciembre, sino que a lo largo del año las personas acumulan otras obligaciones, contagiados por la fiebre de consumo o el deseo de tener un negocio independiente, del cual no se hace un adecuado estudio de factibilidad o que resulta ser más competido de lo previsto.

Por ejemplo, entre enero y noviembre del año anterior, los colombianos se endeudaron en el sistema financiero en otros 9,3 billones de pesos solo para consumo, lo que elevó el saldo de esa deuda con la banca a 88,7 billones de pesos, según la Superintendencia Financiera.
Mientras que los desembolsos, también a noviembre pasado, en esa línea de crédito totalizaron 6,5 billones de pesos.
Adicionalmente, se estima que solo en el último mes del año pasado los nacionales acudieron al ‘tarjetazo’ para cubrir gastos del orden de los 4,5 billones de pesos, incluidos los avances en efectivo.

Sin embargo, tienen a su favor la Ley 1564 de 2012 y, como lo hacen las empresas, pueden llegar a acuerdos con los acreedores si no pueden cumplir las obligaciones.
Sin embargo, exige ser persona natural no comerciante, como empleado, pensionado o trabajador independiente que no realice actividades comerciales.
Los analistas consideran que, entonces, palabras como insolvencia o quiebra más que asustar son una oportunidad para quitarse el dolor de cabeza de las deudas.
La ley de insolvencia también permite que los deudores se sienten con los acreedores, inclusive que no pertenecen al sistema financiero, a definir un cronograma de pagos.
También permite dar un nuevo aire a proyectos ya sea personales o de tipo empresarial.
La normatividad cubre a morosos que incumplan dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un lapso superior a 90 días. Sin embargo, la figura solo se puede usar por una vez cada cinco años.
La ley también nació blindada y, si se llega a detectar que un avivato lo hace para defraudar una entidad, un acreedor o persona, se impone pena de hasta de seis años de cárcel.
La norma también exige requisitos como que el deudor no puede transferir los bienes seis meses antes de declararse en estado de insolvencia.
No obstante, debe tener claro que el inicio del proceso no garantiza que se llegue a un acuerdo, y puede exponerse al remate de activos líquidos de su patrimonio producto de las garantías o las demandas que se le entablen.
La transparencia en el reporte de información es clave para el acuerdo.
Otros requisitos
La figura también la pueden usar personas ‘colgadas’ en el pago de arriendo, compras a crédito o las adquiridas de palabra con amigos, familiares o el vecino.
También deudores que hayan incumplido el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por un tiempo superior a 90 días. Además, personas contra las que cursen uno o más procesos ejecutivos.
Se puede tramitar en los consultorios jurídicos de las universidades y centros de conciliación de las alcaldías y entidades públicas, siempre

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