lunes, 5 de diciembre de 2016

El abecé del monotributo

Se verán afectados los comerciantes informales con ingresos mensuales entre 2'500.000 y 9'000.000.

La formalización de pequeños negocios es posible si se ofrecen alternativas justas.
La formalización de pequeños negocios es posible si se ofrecen alternativas justas.
En los últimos días se ha estado trabajando en realizar cambios estructurales de fondo a la forma como las empresas tributan en Colombia, buscando hacer el proceso más sencillo, mediante la unificación de los impuestos, la reducción de las tarifas hacia estándares internacionales, la ampliación de bases gravables y la realización de modificaciones para conectar el Estatuto Tributario con las NIIF.
De esta forma, los pequeños negocios con ingresos anuales inferiores a aproximadamente a 100 millones de pesos serán incentivados para que salgan de la informalidad y puedan hacerse contribuyentes activos del impuesto de renta. Para ello se creó el tan mencionado por estos días: el Monotributo.


Como su nombre lo dice, estas empresas pagarían un solo impuesto y con él cubrirían el IVA, el impuesto a la renta y el CREE, simplificando considerablemente el manejo y cumplimiento fiscal de estos pequeños negocios. Dicha idea se ha implementado en países como México, Brasil y Chile, logrando resultados muy positivos en cuanto a la reducción de la informalidad.

De otro lado, el incentivo mayor para que el Monotributo se implemente en Colombia es que incluye contribuciones destinadas a la administración de riesgos profesionales, en caso de que al pequeño empresario le suceda algún imprevisto en sus labores del día a día. También tendrá una protección especial para la vejez, que no es propiamente una pensión, pero si una ayuda económica, entre otros beneficios que se espera se mantengan o amplíen, una vez la propuesta pase por el Congreso de la República.
A la UVT del presente año ($29.753), el Monotributo empezaría a ser pagado por pequeños comercios y peluquerías, con local comercial de menos de 50 metros cuadrados, con ingresos brutos mensuales desde $3.471.183 para 2017 y desde $2.479.417 para 2018. 

Lo preocupante de tan brillante idea (cabe aclarar que no es sarcasmo, en realidad creo que lo es) es que se aplica sobre el “ingreso bruto”, significa entonces que no existe la más mínima deducción ni por pago de alquiler, ni por pago de estantería o locación, ni pago de empleados, ni nada. Adicionalmente, dentro de la categoría A de cotización, pagarán los mismos $476.048 quienes vendan la base mínima especificada en cada año, como quienes vendan, en el caso del año 2018, más del doble en ingresos, un total de $5.206.775.
Sin embargo, si se revisa la categoría B es posible afirmar que la brecha del impuesto se disminuye, pues deberán pagar $714.072 quienes tengan un ingreso bruto superior a los $5.206.775 hasta los $6.944.846. En la categoría C la brecha ya es de solo un 25% pues pagarán $952.096 quienes tengan ingresos brutos entre los $6.944.846 y hasta los $8.677.958.
En estos dos últimos casos la diferencia en ingresos entre un negocio y el otro es de aproximadamente $1.700.000, pero en la categoría A es de $2.727.358, lo cual no es muy equitativo o cuanto menos es necesario que le ajusten claridad en los cambios que se están tramitando en el congreso, algo como una categoría de pago adicional para quienes están entre los $2.479.417 y los $3.500.000 con un monto a pagar reducido frente al existente, pero con mayor proporción dedicada al pago de la seguridad social.
Otra propuesta aplicable al mismo problema es no iniciar desde una base de ingresos brutos tan baja para el pago del Monotributo, pues según datos tomados de EMIS Benchmark consultada en 2016, el margen operacional del sector comercio al por menor - minoristas en general del año 2015, fue del 3,16%. Si se aplica ese valor al ingreso base mínimo de 2018, durante el año, la utilidad del comerciante, sin descontar gastos financieros por endeudamiento es de $940.195 y como deberá pagar $476.048 a cuenta del Monotributo, su ingreso neto se verá reducido a $464.147. Es decir, el pequeño comerciante pasará de recibir $78.350 mensuales a solo $38.679; esto contando con que no posea ningún tipo de endeudamiento, en un país donde los sectores menos favorecidos, son financiados principalmente por los gota a gota, quienes pueden llegar a cobrar tasas de interés reales de incluso, un 120% o más.
Si se quiere lograr la formalización de pequeños negocios, es necesario brindar alternativas justas para una población que lucha, día a día, por generar un ingreso para sus familias, pues la pobreza es la que entra a explicar la informalidad y si cumplir con los pagos a la DIAN, no genera beneficios, sino menos ingresos básicos para el sustento de los hijos, los pequeños empresarios encontrarán la forma de eludir la ley y se habrá perdido el tiempo en tantos debates y regulaciones.

http://www.eltiempo.com/economia/sectores/que-es-el-monotributo/16756463

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