Durante el año 2011, actué como
representante legal de una compañía. Dicha responsabilidad la cancelé al inicio
del 2012 por liquidación de la sociedad.
Respecto a mi obligación
como persona natural de presentar la declaración de renta por el año gravable
2011, quisiera que me aclarara si debo presentar mi declaración de manera
litográfica o virtual mediante el mecanismo de firma con certificado digital.
En relación con su pregunta, nos
permitimos señalar que, en consideración a su condición de representante legal
de una sociedad, durante el año gravable del 2011, conforme all Numeral 14 y
parágrafo 1 del artículo 1° de la Resolución 12761 de diciembre 9 de 2011, la
obligación de presentar su declaración de renta por la citada vigencia fiscal
debe realizarse mediante el diligenciamiento de la respectiva declaración y, en
lo pertinente, del recibo de pago, a través de los servicios informáticos
electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
En efecto, tal como lo señala la
citada disposición, entre los contribuyentes obligados a presentar sus
declaraciones tributarias de forma virtual, mediante el uso del mecanismo de
firma respaldado con certificado digital, se encuentran los representantes
legales de las sociedades obligadas a presentar sus declaraciones por este
mismo sistema, debiendo continuar presentando sus declaraciones en idéntica
forma y sin interesar que posteriormente, como en el caso consultado, se pierda
la condición de representante legal por haberse liquidado la sociedad, teniendo
en cuenta la precisión contenida en el Parágrafo 1° del artículo 1° de la
resolución en referencia.
Asimismo, es importante tener en
cuenta que el pago del respectivo saldo a pagar se podrá efectuar
electrónicamente o ante las respectivas entidades bancarias autorizadas,
presentando el recibo debidamente diligenciado de forma virtual, a través de
los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.
PREGUNTA A LA DIAN.
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