jueves, 2 de mayo de 2019

Cuánto le cuesta a un empleador la contratación de un trabajador que devengue el salario mínimo



De las obligaciones que tiene el empleador para con el trabajador se desprenden una serie de conceptos, además del pago del salario, que deben ser consignados o pagados según lo dispone la legislación laboral. Conozca en promedio cuánto cuesta un trabajador que devenga el salario mínimo. 

Un trabajador es una persona natural que presta sus servicios bajo la subordinación de otra que puede ser natural o jurídica, mediante la celebración de un contrato de trabajo con el fin de obtener una retribución económica (salario) por la prestación de sus servicios. Esta retribución debe ser actualizada periódicamente con el fin de que el trabajador no se vea afectado ni por la inflación ni por la pérdida de poder adquisitivo de la moneda que se presenta año tras año. Así lo ha dispuesto la Corte Constitucional a través de la Sentencia C – 1433 de 2000

“La persona natural que pone a disposición de un empleador su fuerza laboral, al paso que cumple con una función social, persigue como interés particular una retribución económica por la prestación del servicio, que no solamente debe representar el equivalente al valor del trabajo, sino que debe ser proporcional a la necesidad de asegurar su existencia material y la de su familia, en condiciones dignas y justas, que serán las que le permitan subsistir adecuada y decorosamente. Por esta razón, la remuneración debe asegurar un mínimo vital, como lo ha entendido la jurisprudencia de esta Corte y, además, ser móvil, de modo que siempre guarde equivalencia con el precio del trabajo. 

Esta equivalencia debe ser real y permanente, y conseguirla supone necesariamente mantener actualizado el valor del salario, ajustándolo periódicamente en consonancia con el comportamiento de la inflación, con el fin de contrarrestar la pérdida de su poder adquisitivo, y asegurar que aquél en términos reales conserve su valor.” 

(El subrayado es nuestro) 

Con base en lo anterior, por medio del Decreto 2451 de 2018 y para el año 2019, se estableció un aumento de 6 % en el salario mínimo, ascendiendo a $828.116. Por otro lado, a través del Decreto 2452 de 2018, se fijó un aumento del 10 % para el auxilio de transporte, con lo cual se consolida un monto de $97.032. 
“No debe entenderse que el salario es lo único de lo que es acreedor el trabajador por la prestación de sus servicios”

No debe entenderse que el salario es lo único de lo que es acreedor el trabajador por la prestación de sus servicios, ya que existen otros conceptos que se desprenden de sus labores, que le han sido otorgados por la ley y de los cuales es también merecedor, como primas, cesantías, aportes a pensión, seguridad ante riesgos laborales, auxilio de transporte, entre otros (consulte las sentencias T- 281 de 2018 y T- 225 de 2018 de la Corte Constitucional). 
Costos en los que incurre el empleador 

Es importante para los emprendedores que a largo plazo pueden convertirse en empleadores y para las pequeñas empresas, conocer el costo real que implica tener un trabajador devengando un salario mínimo, con miras a evitar vulnerar garantías mínimas de los trabajadores y la ley laboral. También es útil para que realice cálculos, se prepare y tenga al día los pagos. 

Con el fin de determinar el costo mensual de un empleado que devenga el salario mínimo, es importante tener en cuenta los diferentes conceptos que se desprenden y liquidan con base en este, contenidos en el Código Sustantivo del Trabajo –CST–, leyes y decretos. 
“existen algunas excepciones de pago, por ejemplo, aportes a salud y parafiscales para los contratantes personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos estipulados en el artículo 114-1 del ET”

En lo concerniente a aportes a seguridad social, existen algunas excepciones de pago, por ejemplo, aportes a salud y parafiscales para los contratantes personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos estipulados en el artículo 114-1 del ET, de acuerdo con el cual el contratante persona jurídica accederá al beneficio sobre los empleados que devenguen hasta 10 smmlv, en tanto que las personas naturales lo harán siempre que cuenten con 2 o más empleados cuyo salario esté limitado al monto ya indicado. 

Para efectos de determinar el costo que se deriva de la contratación de un empleado, procederemos a realizar un ejemplo, con todos los gastos básicos mensuales que implica el pago de nómina: 

Concepto
Porcentaje
Valor
Salario mínimo (artículos del 145 al 148 del CST)
$828.116
Auxilio de transporte (Ley 1 de 1963)
$97.032
Salud (artículo 204 de la Ley 100 de 1993)
8,5 %
$70.390
Pensión (Libro I de la Ley 100 de 1993)
12 %
$99.374
ARL (nivel I) (Decreto 1295 de 1994)
0,52 %
$4.306
Parafiscales (Decreto 923 de 2017)
9 %
$74.530
Prima (artículos del 306 al 308 del CST)
8,33 %*
$77.065
Cesantías (artículos del 249 al 258 del CST)
8,33 %*
$77.065
Intereses a las cesantías (Ley 52 de 1975)
12 %
(sobre la cesantías)
$9.248
Vacaciones (artículos del 186 al 192 del CST)
4,17 %
$34.532
Dotación (artículo 230 del CST)
5 %*
$41.406
Total
$1.413.064


Nota: El costo de la dotación no está establecido por la ley, ingresamos el 5 % como una cifra ilustrativa de referencia; de igual forma, tenga en cuenta que el auxilio de transporte hace parte de la base para el cálculo de primas y cesantías. 

Los valores descritos en la tabla son los gastos mensuales, sumando el resultado se tendría anualmente un costo de alrededor de $16.956.769 por trabajador. Ahora bien, es importante que no pierda de vista, como lo indicamos líneas más atrás, que dependiendo de las condiciones del contratante, los ítems expuestos pueden variar. 

Con base en los anteriores valores, tenemos entonces que para 2019 (dependiendo de las nuevas disposiciones que surjan a lo largo del año en lo concerniente al aumento extraordinario del salario mínimo o la prima para la canasta familiar, proyectos en trámite ante el Congreso), un trabajador que devengue un salario mínimo cuesta para el empleador un total de $1.413.064 mensuales, lo que representa al menos un 65 % del salario básico con auxilio de transporte. Lo anterior claramente sin contar horas extra, recargos, bonificaciones que se den por potestad del empleador y otros conceptos que pueden hacer variar el salario en el transcurrir del año y por ende los valores descritos en la tabla, si llegan a considerarse como constitutivos o no de salario (artículos 127 y 128 del Código Sustantivo del Trabajo).


https://actualicese.com/actualidad/2019/01/04/cuanto-le-cuesta-a-un-empleador-la-contratacion-de-un-trabajador-que-devengue-el-salario-minimo/?referer=email&campana=20190104&accion=click&utm_source=boletin&utm_medium=email&utm_campaign=20190104&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

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