martes, 11 de diciembre de 2018

Declaración de bienes y rentas de políticos elegidos por votación no sería de conocimiento público


Votamos para que los congresistas se vieran obligados a hacer públicas su declaración de bienes y patrimonio, y así identificar los efectos que generan posibles irregularidades detectadas a partir de las declaraciones. Todo indica que solo los órganos de control tendrían acceso a esta información. 

En la consulta anticorrupción realizada el 26 de agosto, la ciudadanía votó para que fuera pública la declaración de bienes y rentas de los servidores elegidos por voto popular. Por lo anterior, el Gobierno nacional y el Congreso iniciaron el debate del Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018, “por el cual se modifica el artículo 122 de la Constitución Política”. 
“en el Congreso se está tramitando un proyecto que repite lo que ya está estipulado en la normatividad, siendo un trámite engañoso de cara a la ciudadanía”

Pese a que en el primer debate de la Comisión Primera de la Cámara se votó a favor de una declaración de bienes y rentas de carácter público, la Cámara en plenaria modificó el texto, reservando el acceso de las declaraciones de renta solo a órganos de control. Lo anterior quiere decir que en el Congreso se está tramitando un proyecto que repite lo que ya está estipulado en la normatividad, siendo un trámite engañoso de cara a la ciudadanía. 

“Lo que ocurrió en la Cámara desconoce el pronunciamiento de un número importante de ciudadanos en la consulta anticorrupción e incumple los pronunciamientos del Gobierno y representantes de partidos políticos. Además desvirtúa la finalidad de este instrumento en la prevención e identificación de hechos de corrupción y va en contravía de los avances en la materia a nivel nacional e internacional”, opina Andrés Hernández, director ejecutivo de Transparencia por Colombia. 

El ítem votado busca instaurar la obligación de los congresistas de hacer pública su declaración de bienes y patrimonio, su declaración fiscal y su declaración de intereses. De igual forma, identificar los efectos que generan las posibles irregularidades detectadas a partir de las declaraciones. 

Desde el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción –IIEA– opinan que las irregularidades encontradas en las declaraciones pueden originar investigaciones penales de oficio al titular y a su potencial red de testaferros (cónyuge, compañero o compañera permanente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil y a sus socios de derecho o de hecho), e incluso la aplicación de la extinción de dominio. 

La investigación Consideraciones sobre la consulta anticorrupción afirma que “aunque la Ley 190 de 1995 establece la obligación de presentar la declaración de bienes y rentas al momento de posesionarse en el cargo, no dispone que la información allí contenida sea pública, de tal suerte que no puede ser conocida por la ciudadanía”. 

Aunque el ordenamiento jurídico prevé la reserva de información que contenga datos personales privados, semiprivados y sensibles, esta restricción no debe ser aplicable a los servidores públicos, toda vez que su condición les impone el deber jurídico de soportar limitaciones a su derecho a la intimidad, con el propósito de salvaguardar el interés público atendiendo a los principios de transparencia y máxima publicidad. 
¿Por qué la declaración de bienes y rentas de los servidores debe ser información pública? 

La entidad también agrega: “En el caso de los servidores públicos, el derecho a la intimidad debe ceder frente al derecho al acceso a la información pública, en virtud del principio de prevalencia del interés general. Respecto al derecho al acceso a la información pública, la Corte Constitucional ha manifestado que este cumple, como mínimo, tres funciones esenciales: garantizar la participación democrática y el ejercicio de los derechos políticos, posibilitar el ejercicio de otros derechos constitucionales, y garantizar la transparencia de la gestión pública”. 

Desde el punto de vista de Transparencia por Colombia, la declaración de bienes y rentas tiene tres propósitos en términos de transparencia y anticorrupción. El primero es la prevención, ya que permite identificar conflictos de intereses de los servidores públicos, partiendo de un análisis financiero de su declaración de bienes y rentas. 

Como segundo propósito, investigación. La OCDE define que la declaración de bienes y rentas pueden atender tanto la detección del enriquecimiento ilícito como la prevención del abuso de funciones; permite generar alertas en relación con posibles casos de corrupción. 

Finalmente, es un instrumento de rendición de cuentas del trabajo de los servidores públicos que han sido elegidos por la ciudadanía, y que son tomadores de decisión claves en la definición de políticas públicas y en lo que respecta al gasto de los recursos públicos.


https://actualicese.com/actualidad/2018/11/22/declaracion-de-bienes-y-rentas-de-politicos-elegidos-por-votacion-no-seria-de-conocimiento-publico/?referer=email&campana=20181122&accion=click&utm_source=boletin&utm_medium=email&utm_campaign=20181122&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

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