sábado, 7 de diciembre de 2019

Conceder permisos para asistir a citas médicas es obligatorio? Aquí te lo contamos


Aunque la ley no estableció de forma expresa la obligación para los empleadores de concederles permisos a sus trabajadores para que asistan a citas médicas, el Ministerio de Salud se pronunció dejando claro que la salud es un derecho fundamental y es deber del empleador otorgar tales permisos. 

La legislación laboral colombiana no consideró de forma taxativa la obligación de los empleadores de otorgar permisos a sus trabajadores para que acudan a citas médicas, por lo que no existe una disposición legal al respecto. No obstante, es importante considerar otros aspectos para determinar si la empresa está en la obligación o no de conceder dichos permisos. 

El Ministerio de Salud, en su Concepto 05531 del 9 de noviembre de 2018, manifestó que la salud es un derecho constitucional, pues se encuentra contemplada en el artículo 49 de nuestra Constitución Política. Gracias a este artículo 49 se garantiza el acceso a la salud para todos los colombianos, por lo que siendo este un principio fundamental, las empresas deben facilitarle al trabajador las condiciones que le permitan acceder a él, y una forma de hacerlo es precisamente otorgándole los permisos que requiera para asistir a citas médicas y otros tratamientos de salud. 

Por otro lado, el Minsalud reiteró que los permisos para asistir a citas médicas, por no estar regulados en la ley, pueden ceñirse al reglamento interno de la empresa. Sin embargo, no puede imponérsele al trabajador la reposición del tiempo, ni aplicarle descuentos a su salario por dicha situación. 

Para que profundices en este tema, te invitamos a ver nuestro consultorio Permiso laboral: ¿aplica para citas médicas?, en el cual nuestra investigadora Natalia Jaimes, especialista en derecho laboral, resuelve la inquietud de uno de nuestros usuarios. 

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