domingo, 1 de diciembre de 2019

Estos son los grandes perdedores y damnificados por la inexequibilidad de la Ley de financiamiento


La exención del IVA a bienes de capital, dejando sin sustento la posibilidad de descontar este tributo cuando se adquieran o construyan bienes y servicios, y la reducción de las tarifas del impuesto de renta que perderían las empresas que impulsan la generación de empleo, se verán afectadas. 
“ni siquiera el nombre sofisticado de “Ley de Financiamiento” le sirvió a la reforma tributaria para salvarse del fuerte golpe que le propinó la Corte Constitucional al declararla inexequible”

Daniel Bulla, gerente senior de impuestos de BDO en Colombia afirma que ni siquiera el nombre sofisticado de “Ley de Financiamiento” le sirvió a la reforma tributaria para salvarse del fuerte golpe que le propinó la Corte Constitucional al declararla inexequible, dejando a Colombia en ascuas frente a un recaudo incierto y una maltrecha imagen en el exterior que podría afectar la inversión en el país. 

Para él, “la dinámica del país en el fin de año debería cerrar con el mismo curso que hasta el momento del fallo traía. No obstante, la incertidumbre, de cara a cómo será tributariamente el 2020, sí puede desacelerar y retraer la economía, y con ello el recaudo a nivel nacional”. 

Frente a lo que dijo la Corte Constitucional de que “el fallo tendrá un efecto diferido a partir del primero de enero del 2020”, Bulla explica que la Corte y el Gobierno de una forma pacífica convienen no traumatizar la seguridad jurídica del año gravable 2019, pero acuerdan solucionar los vicios de forma en la promulgación de la ley, con miras al 2020. La inquietud se pone encima de los miembros de los partidos políticos, quienes seguramente aprovecharán para intentar hacer modificaciones como ya lo han expresado

«En medio de este «efecto diferido» quedan en vilo todas las empresas, si el Gobierno no logra darle nueva vida a Ley de financiamiento en el Congreso, volviéndola a tramitar en lo que queda del año», dice Bulla. 
Perdedores y damnificados 

Desde su punto de vista, los grandes perdedores son, por ejemplo, la exención del IVA a bienes de capital, dejando sin sustento la posibilidad para las empresas de descontar este tributo en los casos que se adquieran o construyan bienes y servicios. 

De la misma manera, otros damnificados son los trabajadores, frente a la reducción de tarifas de impuesto de renta que perderían las empresas que impulsen la generación de empleo, pues la Ley de financiamiento establecía importantes reducciones en las tarifas que iban del 33 % para 2019, hasta el 30 % a partir del 2022. 

«Dentro de este grupo de perdedores también están las empresas agropecuarias y las empresas de la economía naranja que habían sido incentivadas por el Gobierno. Las primeras eran exentas con 10 años si cumplían con una generación de empleo e inversiones establecidas, y las segundas, con una exención por 7 años si cumplían con ventas de 2.700 millones de pesos al año», dice Bulla. 

Según él, “para todo el tejido empresarial con independencia de su tamaño también sería nefasto el hecho de que no se ratifique el sentido estricto de las modificaciones de esta ley, lo cual pondría en tela de juicio factores importantes como la reducción de la tarifa corporativa del impuesto de renta, la eliminación de la renta presuntiva, el descuento del 100 % del IVA pagado en adquisiciones de activos fijos reales productivos y del 50 % del ICA efectivamente pagado, la modulación en la regla de subcapitalización y la posibilidad de obtener devoluciones automáticas de saldos a favor”. 
¿Y quiénes ganan? 

Para Bulla, los ganadores con este desenlace de la Ley de financiamiento “tal vez son las personas naturales, las zonas francas, las constructoras y los bancos, quienes pueden ver con buenos ojos este fallo y con él, una luz a las medidas que dejaron muy nublada su tributación en la ahora extinta ley. Así entonces, se esperaría que, aunque las modificaciones se ratificaran, se aclararan aspectos que brinden un puerto seguro”. 

Frente al hecho de si la medida podría afectar la confianza y el buen prestigio de Colombia en los mercados internacionales y con la inversión extranjera, Bulla asegura que esta es una moneda con dos caras leídas independientemente; “una primera, en efecto va en detrimento de la seguridad jurídica que no brinda el país, con la cual es difícil explicar a un inversionista extranjero que faltando dos meses para terminar el año no tenemos claridad de qué reglas de juego regirán para el año 2020”. 

La segunda cara puede tener una lectura positiva a nivel internacional, pues deja bien parada la institucionalidad y la independencia de poderes en Colombia, frente a un contexto regional complicado con casos como los de Venezuela, Ecuador, Perú, Chile y Argentina.


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