El dictamen o informe del revisor fiscal contiene un conjunto de aseveraciones en torno al trabajo del revisor fiscal y a las conclusiones alcanzadas por este, con el fin de generar confianza en los inversionistas, el Estado y la sociedad en general.
A continuación, conoce más sobre su contenido.
El CTCP emitió el documento de Orientación Técnica n.° 17 titulado Revisoría fiscal para pequeñas entidades –Parte I– Tipos de dictamen, el cual brinda precisiones acerca del dictamen que deben emitir los revisores fiscales de entidades clasificadas en los grupos 2 y 3 de convergencia a Estándares Internacionales sobre los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019.
El documento especifica cuál debe ser la estructura del informe del revisor fiscal, de acuerdo con los requerimientos de las Normas Internacionales de Auditoría –NIA– y los artículos 207, 208 y 209 del Código de Comercio, además de señalar cuáles son los tipos de opiniones que puede emitir este profesional.
A continuación, resaltamos los elementos clave que debe contener el dictamen del revisor fiscal:
Indicar el tipo de estados financieros que se está auditando: individuales o separados.
Remitir el resumen de políticas contables significativas.
Indicar el marco de información utilizado para preparar los estados financieros auditados.
Indicar si se utilizaron las NIA o las Naga.
Incluir la declaración de independencia.
Señalar si la evidencia obtenida por el revisor fiscal fue suficiente y adecuada.
Incluir las secciones “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” y “Opinión sobre la efectividad del control interno”.
Incluir el párrafo de énfasis de conformidad con la NIA 706.
Incluir un párrafo sobre otras cuestiones clave.
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