Edgar Humberto Campo hace un recorrido, en #CharlasConActualícese, por la normativa expedida en relación con la insolvencia empresarial a causa de la pandemia.
La normativa estará vigente hasta abril de 2022, y cuenta con herramientas para proteger a las empresas, el empleo y el crédito.
Con la expedición del Decreto 842 de 2020, el Gobierno nacional reglamentó los mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el empleo y el crédito establecidos en el Decreto Ley 560 de 2020, con la idea de mitigar la extensión de los efectos sobre las empresas afectadas como consecuencia de la emergencia producida por el COVID-19.
La reglamentación estará vigente desde su expedición y hasta que esté vigente el Decreto Ley 560 de 2020, 15 de abril de 2022, y se sustenta en pilares como: acceso a los mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el empleo y el crédito; reglamentación de mecanismos de alivio financiero y reactivación empresarial.
De igual manera, reglamentación de los procedimientos de negociación de emergencia de acuerdos de reorganización, y de recuperación empresarial; trámite de validación judicial expedito y procedencia del arbitraje y otros mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASc).
Edgar Humberto Campo, abogado consultor especialista en derecho comercial de Campos Gómez Abogados, describe en nuestro espacio #CharlasConActualícese las diversas medidas que han sido implementadas por el Gobierno nacional alrededor de este tema.
Al Decreto 842 de 2020 se suman el Decreto Legislativo 560 de 2020, mediante el cual se establecen las disposiciones generales frente a las medidas especiales y transitorias en materia de procesos de insolvencia adoptadas en el marco de la contingencia por el COVID-19.
Estas medidas tendrán una vigencia de dos años y tienen como objetivo principal mitigar los efectos de dicha contingencia en las empresas; a su vez, procuran la recuperación y conservación de estas últimas a través de mecanismos de salvamento y recuperación.
También está el Decreto Legislativo 772 de 2020, mediante el cual se establecen una serie de disposiciones generales referentes a la implementación de los mecanismos que deberán llevarse a cabo en los procesos de insolvencia.
Entre las disposiciones se encuentran el uso de herramientas tecnológicas para adelantar los procesos referentes a la adopción de medidas para proteger las empresas y el empleo, y al aplazamiento de los gastos de administración.
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