Actualmente, del 90,3 % de los hogares colombianos, el 42,4 % cuenta con seguros obligatorios, y el 30,3 % con voluntarios. Además, en Colombia hay 19.987 copropiedades aseguradas; 18.512 son residenciales. El mercado asegurador ofrece alternativas para que su patrimonio esté asegurado. Conózcalas.
La lluvia, el granizo, problemas estructurales, incendios, terremotos y hasta el terrorismo, entre otros factores, pueden afectar el patrimonio inmobiliario de cualquier familia en el tiempo menos esperado. Pese a lo anterior, desde la Federación de Aseguradores Colombianos –Fasecolda–, afirman que en nuestro país todavía no hay mucha consciencia sobre los riesgos y eventos catastróficos que en cualquier momento pueden destruir una vivienda.
Sumado a lo anterior, pocos conocen sobre los seguros obligatorios y voluntarios con beneficios adicionales. El Estudio de demanda de seguros 2018, elaborado por Fasecolda, la Banca de las Oportunidades y la Superfinanciera, revela que del 90,3 % de los hogares colombianos, el 42,4 % cuenta con los primeros, y el 30,3 %, con los segundos. En el país, en total hay 19.987 copropiedades aseguradas, de las cuales 18.512 son residenciales.
Definitivamente, este se convierte en un tema de suma importancia, que debe tener su espacio en las asambleas de copropietarios, la cual por estos días se deben estar llevando a cabo. Es importante que los residentes de cualquier inmueble les pregunten a los respectivos administradores sobre los tipos de aseguramiento con los que debe contar la copropiedad, y exijan además que la póliza sea tramitada por una compañía autorizada.
Seguro obligatorio de bienes comunes
“el seguro obligatorio de bienes comunes es la herramienta ineludible que tienen todos los edificios o conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal”
Como lo explica Fasecolda, el seguro obligatorio de bienes comunes es la herramienta ineludible que tienen todos los edificios o conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal, el cual les ayuda a proteger los bienes de la copropiedad contra los riesgos de incendio y terremoto, para así garantizar la reconstrucción total de los mismos, según lo establecido en la Ley 675 de 2001.
Esta póliza también ofrece coberturas adicionales que pueden ser adquiridas de manera opcional, según las necesidades de protección del patrimonio de cada copropiedad, como son: responsabilidad civil, daños por agua, anegación, terrorismo, daños por granizo, explosión, daños por rayos, corriente débil, remoción de escombros, y maquinaria y equipos, entre otras coberturas adicionales.
Este seguro también acompaña a los copropietarios frente a contingencias inesperadas, eventos accidentales, súbitos y en los cuales no interviene la voluntad del asegurado, ofreciendo servicios de asistencia como plomería, cerrajería, rotura de vidrios y daños eléctricos, entre otros.
Cabe mencionar que el seguro no cubre daños por falta de mantenimiento, ni ofrece coberturas cuando el asegurado ha manipulado o alterado los bienes comunes, de forma tal que afecte la integridad de los mismos.
César Muriel, consultor en riesgos e inversiones, explica que los seguros de hogar están especialmente diseñados para cubrir los daños o pérdidas materiales que puedan afectar los bienes contenidos en la vivienda de las personas. “Tener un seguro es una inversión que sirve para salvaguardar su bienestar y el de los suyos, así como un medio que le permitirá contar con un verdadero respaldo frente a situaciones inesperadas”, indica.
Muriel explica que nadie está libre de sufrir una pérdida de sus bienes materiales, y por tal motivo un seguro básico para el hogar protege el bien tangible más valioso que tiene una familia: el hogar. “Así la vivienda que usted habite no sea propia, contará con la seguridad de que sus bienes están protegidos. De igual manera, el seguro le permite estar protegido ante una posible responsabilidad civil como producto de lesiones o daños materiales a terceros ocasionados por usted o por su grupo familiar”, explica.
Otros seguros pensados para la copropiedad
Seguro hipotecario de incendio y terremoto: es contratado individualmente, y generalmente viene atado a un crédito o hipoteca, pero se puede obtener también de forma voluntaria. De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los establecimientos de crédito que ofrezcan créditos hipotecarios están obligados a tomar un seguro contra incendio y terremoto. Todos los bienes hipotecados cuentan con esta cobertura.
Seguro voluntario de hogar: las personas lo toman para estar blindadas de manera autónoma y acorde con su exposición al riesgo. Se estima que solo el 5 % de los hogares cuentan con un seguro con estas características.
https://actualicese.com/actualidad/2019/03/22/asegurar-la-copropiedad-un-tema-de-obligatoria-discusion-en-las-asambleas-de-propiedad-horizontal/?referer=email&campana=20190322&accion=click&utm_source=boletin&utm_medium=email&utm_campaign=20190322&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d#
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