Si una EPS se niega a reconocer la licencia de maternidad o liquida mal los días correspondientes a esta prestación, puede presentarse una acción de tutela para solicitar su pago, toda vez que en estos casos resultan afectados los derechos fundamentales de la madre e hijo(a) recién nacido(a).
La licencia de maternidad tiene la finalidad de garantizar un espacio de recuperación de la madre y el cuidado del (la) hijo(a) recién nacido(a). Los lineamientos para su disfrute se encuentran en los artículos 236 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– (modificados por la Ley 1822 de 2017), tal como se expone en la siguiente infografía:
Acción de tutela para el reclamo del pago de licencias de maternidad
Cuando la EPS se niega a reconocer y pagar la licencia de maternidad, la madre, en nombre propio y en el de su hijo(a) recién nacido(a), puede reclamar este derecho mediante una acción de tutela.
Lo anterior, debido a que, en los casos en los que la licencia de maternidad son el único medio de subsistencia de la madre y del recién nacido, se entiende que al no pagarse la licencia se vulneran sus derechos fundamentales al mínimo vital y a la vida digna.
Teniendo en cuenta lo explicado hasta este punto, a continuación, compartimos un modelo de acción de tutela para reclamo de pago de licencia de maternidad.
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