martes, 2 de marzo de 2021

Modelos y guías para asambleas de accionistas, socios y copropietarios


En este pack de formatos encontrarás 19 modelos y liquidadores que te permitirán realizar fácilmente la convocatoria, la determinación del quorum y las actas de las asambleas de accionistas, socios y copropietarios.

Además, encuentra nuestro Especial Actualícese Asamblea general de accionistas y copropietarios.

Las sociedades mercantiles y las copropiedades deben efectuar mínimo una reunión de su máximo órgano social en el año, a saber: asamblea de accionistas, junta de socios o asamblea de copropietarios.

Los objetivos principales de esta reunión, entre otros, son:
Aprobar los estados financieros del ejercicio del año anterior con corte al 31 de diciembre.
Conocer el estado general de la empresa o copropiedad.
Escuchar un informe de gestión de sus administradores.
Elegir o confirmar los cargos que se deban nombrar para asegurar el cumplimiento del objeto social, tales como administradores, juntas directivas o revisor fiscal.


Los administradores son los encargados de efectuar la convocatoria a la reunión, la cual debe tener una antelación no inferior a 15 días a la fecha en que se fije.
Medidas especiales para el desarrollo de reuniones en tiempos de COVID-19

Además, respecto a este importante tema cabe señalar que, ante la situación de emergencia sanitaria que acontece en el país, se han emitido distintas normas que se deben observar al realizar este proceso. Entre estas tenemos las siguientes:
El Decreto 398 del 13 de marzo de 2020, por medio del cual se fijan los lineamientos para la realización de reuniones no presenciales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 222 de 1995.
El artículo 6 de la Ley 2069 de 2020 que autorizó al Gobierno nacional para reglamentar transitoriamente las reuniones de juntas de socios y asambleas de accionistas pendientes del período 2020, así como las reuniones del período 2021.
El Decreto 176 de 2021 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (mediante el cual se pretende reglamentar el citado artículo 6 de la Ley 2069 de 2020), el cual señala, entre otros puntos, que:
Cada entidad podrá escoger si su reunión ordinaria será presencial, no presencial o mixta (ver artículo 3).
Las reuniones del máximo órgano social del período 2019, que no se hayan desarrollado a la fecha, podrán llevarse a cabo a más tardar el 31 de marzo de 2021 (ver artículo 1).
En el caso de las reuniones del período 2020, estas deberán desarrollarse de conformidad con lo señalado en el artículo 422 del Código de Comercio –CCo–, es decir, en la fecha señala en los estatutos, o en silencio de estos, dentro de los tres (3) meses siguientes al cierre del ejercicio 2020 (ver artículo 2).
“ desde Actualícese hemos desarrollado este Pack de 19 formatos más un Especial Actualícese, que te permitirá llevar a cabo las reuniones de accionistas, socios y copropietarios cumpliendo con todas estas normas”

Pensando en todo esto, desde Actualícese hemos desarrollado este Pack de 19 formatos más un Especial Actualícese, que te permitirá llevar a cabo las reuniones de accionistas, socios y copropietarios cumpliendo con todas estas normas.
Justificación

El primer trimestre del año es crucial para las sociedades mercantiles y las copropiedades, pues durante estos meses deberán realizarse las reuniones obligatorias de su máximo órgano social (ya sea asamblea o junta), para lo cual es fundamental cumplir determinados lineamientos que sustentan la legalidad de este tipo de reuniones y las decisiones que allí se toman.

Lo anterior, especialmente en estos momentos en los que, debido a la situación ocasionada por el COVID-19, deberán tomarse medidas especiales para celebrar reuniones presenciales, no presenciales o mixtas.


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