Mediante este formato se podrá determinar el valor de la renta presuntiva del contribuyente para el período gravable 2020.
Recuerda que la Ley 2010 de 2019 fijó el porcentaje de renta presuntiva a través de su artículo 90, y que dicha norma es la que rige para el período gravable 2020.
El artículo 90 de la Ley de crecimiento económico 2010 de 2019 modificó el artículo 188 del Estatuto Tributario –ET–, y con ello el porcentaje de la renta presuntiva, estableciéndolo en un 0,5 % para 2020 y un 0 % para 2021 en adelante.
En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara, líder en investigación tributaria de Actualícese, comenta con detalle esta novedad.
Cabe anotar que, debido a los efectos de la mitigación del COVID-19, seguramente se generará una nueva reforma tributaria para modificar la tarifa de períodos posteriores; por ahora, el porcentaje de renta presuntiva para 2021 y los años siguientes será de 0 %. Sin embargo, en lo que respecta a la declaración de renta de personas jurídicas y naturales por el período gravable 2020, se tendrá en cuenta lo aquí expuesto, es decir, un porcentaje del 0,5.
Por otra parte, para el año gravable 2020 no se presentaron cambios en la depuración de la renta presuntiva (artículo 189 del ET), razón por la cual se determina de la misma forma en la que se determinó para el año gravable 2019.
Con el siguiente liquidador, y según los valores que suministres, podrás determinar el valor de la renta presuntiva del contribuyente.
Descarga aquí nuestro Liquidador para el cálculo de la renta presuntiva del año gravable 2020.
Por último, te recomendamos revisar en el artículo 191 del ET la lista de quienes están excluidos de calcular la renta presuntiva.
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