lunes, 28 de diciembre de 2020

Tratamientos asimétricos del Estándar para Pymes ponen en desventaja a sus aplicadores

 La expedición de la Ley 1314 de 2009, mediante la cual se autorizó la convergencia colombiana a los Estándares Internacionales de Información Financiera, se dio en medio de un contexto muy polarizado. A pesar de los evidentes desacuerdos de múltiples contables en ejercicio profesional o académico, la norma entró en vigor, y con ella empezaron a correr los plazos de transición para la incorporación de la nueva normativa.

Actualmente, en Colombia todas las empresas, con o sin fines de lucro, e incluso las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, deben ubicarse en uno de tres grupos existentes y aplicar el estándar que a este le corresponda, siendo el grupo 2, de las pymes, el que reúne la mayor cantidad de entidades.

De acuerdo con Bautista, Muñoz & Horno (2019), la primera singularidad del marco normativo contable para las pymes reconocido por la IASB fue la menor capacidad de los preparadores. Bajo dicho argumento, el emisor le retiró múltiples posibilidades a las pymes, como lo es la posibilidad de capitalizar costos por préstamos o de reconocer intangibles formados internamente; sin embargo, conservó otros requerimientos de igual complejidad a los requeridos en el Estándar Pleno, y que tienen, por lo contrario, pocos referentes y sentido operativo en la información de las pequeñas y medianas empresas, como lo es el obligatorio cálculo de importes recuperables que conllevan un alto grado de complejidad técnica.

Esta situación no es menor, toda vez que dichos tratamientos contables impactan en la estructura financiera e indicadores de eficiencia de las pymes, generan asimetrías de información y, sobre todo, problemas de competitividad frente a las grandes empresas que aplican el marco normativo pleno. Uno de tales tratamientos asimétricos es el relacionado con la capitalización de costos por préstamos.

En Colombia, el mercado bancario o de intermediarios es más representativo que el mercado de instrumentos o no intermediado. De acuerdo con Cárdenas (2020), el grado de profundización financiera –que se mide a partir del nivel de participación del crédito bancario (al sector privado) dentro del producto interno bruto nacional per cápita– tuvo una importante recuperación durante el siglo XXI en Colombia, pues alcanzó un 50 % del PIB al cierre de 2018, a pesar de haber caído estrepitosamente del 35 % durante la mayor parte de la segunda mitad del siglo XX al 20 % durante la crisis de fin de siglo. Lo anterior respalda el argumento de que el endeudamiento bancario es la fuente de financiación por excelencia de las microempresas y las pymes colombianas; estos datos pueden complementarse con las cifras analizadas por Cárdenas (2013) con corte a 2010 y por la Asociación Nacional de Instituciones Financieras –Anif– a 2019.

Las cifras entregadas por Cárdenas (2013) indican que, tanto para las microempresas como para las medianas y grandes empresas, el crédito a proveedores, el crédito financiero con entidades domésticas y la reinversión de utilidades son las principales fuentes de financiación: “En las empresas medianas predomina el crédito doméstico (29 %) y la reinversión de utilidades (25 %)”.

Por su parte, el Centro de Estudios Económicos de Anif, en la Gran encuesta pyme del segundo semestre de 2019, indica que en el sector industrial las solicitudes de crédito rondó en el 30 %, en el sector comercio se ubicó en un 25 % y en el sector de servicios en un 21 % (Anif, 2020).

Comprendiendo las cifras presentadas, que no datan de tendencias recientes, resulta contradictoria la diferenciación realizada por la IASB entre el Estándar Pleno y el Estándar para Pymes, pues mientras las entidades del grupo 1 tienen la posibilidad de reconocer el valor de los costos financieros en la adquisición, construcción o desarrollo de activos de propiedad, planta y equipo, al menos cuando estos sean considerados como “aptos”[1], para las pymes estos desembolsos siempre tendrán que ser reconocidos como gasto del período.

Esto ha impactado fuertemente a muchas compañías, pero sobremanera a las del sector constructor, pues para dichas entidades el principal apalancamiento es justamente el proveniente de créditos constructores que al ser reconocidos bajo la dinámica exigida por el Estándar para Pymes obligan pérdidas financieras reiterativas que, aunque podrán ser niveladas en períodos futuros, distorsionan la realidad económica de las entidades.

A pesar de los diferentes argumentos presentados por los asesores financieros de las compañías constructoras que justifican la relación ingreso-costo en este tipo de operaciones, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, mediante conceptos como el 300 de 2015 y 261 de 2017, ha sido reiterativo en que para las pymes todos los costos por préstamos deben reconocerse como un gasto del período con impacto directo en resultados. Muchos podrían argumentar que lo más sencillo para este tipo de entidades sería entonces migrar voluntariamente a las NIIF Plenas; sin embargo, no puede tomarse esta como una solución absoluta, dado que, en todo caso, el Estándar Pleno tiene otros muchos requerimientos que son, en definitiva, perjudiciales para las pymes.

Desventajas por tratamientos asimétricos del Estándar para Pymes (actualicese.com)

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