jueves, 3 de diciembre de 2020

Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef– se amplió hasta 2021


El 22 de octubre de 2020 fue promulgada la Ley 2060 mediante la cual se amplió hasta marzo del 2021 la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal y del Programa de Apoyo al Pago de la Prima de Servicios.

Conoce los aspectos más importantes frente a la ampliación de estos programas.

El Gobierno nacional, a fin de extender las medidas sociales del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef– y el Programa de Apoyo al Pago de la Prima de Servicios –PAP–, presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley buscando la ampliación de los mismos, consiguiendo que el jueves 22 de octubre se promulgará la Ley 2060, por medio de la cual se amplió la vigencia del Paef hasta marzo del año 2021 (de 4 meses a 11 meses) y del PAP para el pago de la prima de servicios del segundo semestre del año.
Contexto del Paef y el PAP

Es importante recordar que a través de los decretos legislativos 639, 677, 815 y 770 de 2020 nacen el Paef y el PAP, dos programas cuyo objeto es proteger el empleo formal, otorgando un aporte estatal o subsidio que ayude a las empresas y sea un reconocimiento a los empleadores que mantuvieron trabajadores activos pese a la crisis que suscitó el COVID-19.

Estos programas consisten en:
Paef: otorga un subsidio a la nómina correspondiente al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40 %) del valor del salario mínimo legal mensual vigente –smmlv–.


La vigencia de este programa se tenía prevista inicialmente para los meses de mayo, junio, julio de este año (extendido posteriormente por el Decreto 815 de 2020 a agosto de este año).
PAP: el cual otorga a los empleadores una ayuda económica correspondiente a $220.000 por cada trabajador, destinada al pago de la prima legal de servicios. Respecto a dicho aporte monetario, conforme al Decreto Legislativo 770 de 2020, se estableció que era aplicable para el pago de la prima de servicios del primer semestre del año (enero – junio de 2020).

Como se puede observar, los decretos de emergencia, debido a su reglamentación, crearon estos programas de forma temporal, el PAP solo para la prima de junio y el Paef hasta el mes de agosto, razón por la cual se impulsó la presentación del proyecto de ley buscando la ampliación de las medidas, el cual finalmente fue aprobado por el Congreso de la República y sancionado por el presidente a través de la mencionada Ley 2060 de 2020.
¿Se introdujeron modificaciones respecto a los empleadores beneficiarios del Paef?

De conformidad con la referida Ley 2060 de 2020, serán beneficiarios los mismos establecidos en los decretos legislativos 677 y 815 de 2020, incluyendo nuevas empresas, tales como las cooperativas de trabajo asociado y los patrimonios autónomos que sean declarantes del impuesto sobre la renta y complementario, estableciendo que estos últimos no deben cumplir con el requisito de la inscripción en la matrícula mercantil (cámara de comercio), aportando en su lugar el número de identificación tributaria –NIT–.
Respecto a los requisitos para acceder al Paef, ¿hubo alguna modificación?

Los requisitos siguen siendo los mismos establecidos en los decretos en mención; solo tuvo las siguientes variaciones:
Disminuyó el número de empleados específicos que serán tenidos en cuenta para el cálculo del aporte estatal del 80 % al 50 % de los empleados individualmente considerados, que hayan sido reportados en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– en el período de cotización de febrero de 2020.
Condicionó que el número de empleados que se tenga en cuenta para determinar la cuantía del subsidio a la nómina no sea superior al número de trabajadores reportados en la Pila por febrero de 2020.
Incremento del Paef al sector turístico, hotelero y gastronómico

La nueva disposición normativa adicionalmente trajo una buena noticia para los sectores que han sufrido un duro golpe en esta época de emergencia sanitaria, esto es, el sector turístico, hotelero y de gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y de recreación, dado que se aumentó el subsidio a la nómina del 40 % al 50 % de un (1) smmlv.
Por las trabajadoras mujeres se determinó un incentivo adicional

La ampliación del Paef también trajo una medida de enfoque diferencial, la cual consiste en el incremento del subsidio a la nómina al 50 % de un smmlv respecto a las trabajadoras mujeres, es decir, que los beneficiarios recibirán respecto a las empleadas individualmente consideradas el subsidio de nómina del 50 % de un smmlv, aclarando que este porcentaje no será acumulable con el aumento al que tiene derecho el sector turístico, hotelero, entre otros nombrados anteriormente.
Beneficiarios del PAP

Al igual que en el Paef, los beneficiarios del subsidio a la prima serán los mismos establecidos en los decretos anteriores (en el caso del PAP, el Decreto 770 de 2020). Esta ley solo adicionó como beneficiarios a los patrimonios autónomos, con las mismas condiciones citadas anteriormente en el Paef.

Es de anotar que la ley no incluyó como beneficiarias a las cooperativas de trabajos asociados para el PAP, como sí lo hizo en el Paef. Lo anterior se puede corroborar en el artículo 8 de la ley estudiada.
Respecto a los requisitos para acceder al PAP, ¿hubo alguna modificación?

Los requisitos y trámites para acceder al PAP siguen siendo los mismos, pues no fueron modificados en la mencionada ley; la variación o adición que se incluyó es la que se aplicará en el subsidio del segundo pago de la prima de servicios del año respecto a los trabajadores reportados en la Pila en diciembre de 2020 y los cuales deberán también haber sido reportados en la Pila en los meses de octubre y noviembre del año en curso.
¿Cuándo se pagaría el subsidio a la prima de diciembre?

Este auxilio a la segunda prima del año, conforme al artículo 9 de la Ley 2060 de 2020, será desembolsada en el primer trimestre de 2021.
¿Seguirá vigilando la UGPP?

Tal y como lo establecían las normas anteriores, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– continuará con sus facultades de fiscalización del Paef y el PAP, para lo cual ahora cuenta con un plazo de cuatro (4) años, atendiendo lo previsto en el artículo 11 de la Ley 2060 de 2020.
“la Ley 2060 de 2020 no solo amplió el otorgamiento de los subsidios del Paef y el PAP, sino que adicionó beneficiarios y trajo medidas afirmativas para apoyar a sectores que fueron fuertemente golpeados por la emergencia sanitaria”

Por todo lo anterior, la Ley 2060 de 2020 no solo amplió el otorgamiento de los subsidios del Paef y el PAP, sino que adicionó beneficiarios y trajo medidas afirmativas para apoyar a sectores que fueron fuertemente golpeados por la emergencia sanitaria.

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