Ley de emprendimiento expone novedades sobre la causal de disolución por no cumplir la hipótesis de negocio en marcha.
Revisores fiscales y auditores deben analizar las revelaciones consignadas en los estados financieros por parte de los administradores.
Con la entrada en vigor de la Ley de emprendimiento (Ley 2069 del 31 de diciembre de 2020), y particularmente la nueva causal de disolución dispuesta en su artículo 4, por el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, se resuelve una discusión que desde años atrás venía dándose.
Dicha discusión radicaba en qué tan pertinente era la causal de disolución por la ocurrencia de pérdidas que redujeran el patrimonio por debajo del 50 % del capital, en las diferentes clases de sociedades y en sucursales de sociedades extranjeras.
Luis Fernando Reyes, socio de Legal, y Rodrigo Cifuentes, socio de Corporate Finance en BDO Colombia, explican que la discusión se centraba en que la simple verificación del efecto de las pérdidas no ofrecía, en muchos casos, una visión real de los negocios, ya que, aunque una sociedad en un período determinado basándose en su modelo de negocio podría generar pérdidas, esto en sí mismo no implicaba que la sociedad no tuviese una proyección futura de ingresos.
«Las normas de disolución por pérdidas no permitían un análisis integral de la empresa, como, por ejemplo, el hecho de que la sociedad perteneciera a un grupo empresarial y que, en determinado momento, la pérdida estuviese asociada a un modelo de negocio integral, sin que ello implique que la sociedad no resulte ser variable en el corto plazo», explican.
“es positivo que el Legislador haya decidido cambiar el curso y reemplazar las causales de disolución por pérdidas por la del no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha”
Para ellos, es positivo que el Legislador haya decidido cambiar el curso y reemplazar las causales de disolución por pérdidas por la del no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha.
Lo anterior supone ahora para los administradores de las empresas un ejercicio de análisis mucho más profundo del negocio y una oportunidad para enfocar su gestión hacia aquellos aspectos que, en efecto, sí pueden poner en riesgo la viabilidad de la empresa en el corto plazo.
Puntos a los que deberá estar atenta la administración de la sociedad
Bajo este nuevo esquema, la administración de la sociedad debe orientar sus esfuerzos al constante monitoreo de aspectos sobresalientes, como los siguientes:
Flujos de caja negativos.
Seguimiento permanente de indicadores financieros.
Dependencia de ingresos concentrada en pocos clientes.
Relevancia material de demandas contra la empresa que puedan amenazar la continuidad del negocio.
Viabilidad del negocio frente a situaciones o factores externos a la empresa, como cambios de normas o regulaciones, circunstancias de fuerza mayor, entre otros.
Reyes y Cifuentes explican que esta nueva causal obliga al administrador, so pena de ser solidariamente responsable de los efectos adversos de la disolución, a convocar de manera inmediata al máximo órgano cuando se pueda verificar razonablemente su acaecimiento, informando y documentando esta situación, volviéndose así el análisis financiero una verdadera prioridad en las empresas.
Consejos para tener en cuenta
Viabilidad y proyección del negocio a 12 meses. Es necesario saber el estado actual de liquidez de la compañía. «Es el punto de partida para proyectar el sostenimiento de esta en el corto plazo, teniendo en cuenta los posibles escenarios que podrían presentarse», argumentan.
Análisis de sensibilidad del flujo de caja operacional. Es importante realizar un análisis de los ingresos inmediatos junto con los egresos que requieren una respuesta en el corto plazo, con el objeto de efectuar una planeación óptima de entradas y salidas de efectivo.
Endeudamiento de la compañía. Es importante revisar el estado actual de endeudamiento y el cumplimiento que se ha venido realizando en los acuerdos de pago con entidades. «De esta manera se podrían identificar los cupos disponibles, como también nuevas opciones de apalancamiento».
Proyectar el capital de trabajo. El cálculo del capital de trabajo genera toma de decisiones, ya que refleja los recursos disponibles que requiere la empresa para responder a los compromisos de pago en el corto plazo y así poder ejecutar su operación. Por tanto, el capital de trabajo permite evaluar la capacidad de la compañía para generar caja.
Un consejo para revisores fiscales y auditores
Reyes y Cifuentes afirman que es importante que tanto auditores como revisores fiscales analicen, con especial cuidado, la evaluación realizada por los administradores y las revelaciones consignadas por estos en los estados financieros, en relación con la capacidad de la sociedad para continuar con el negocio en marcha.
Bajo esta nueva realidad, cobra gran importancia la valoración que haga el auditor, no solo sobre las cifras al final del ejercicio, sino frente a los hechos o eventos posteriores al cierre, que puedan eventualmente comprometer la viabilidad del negocio.
Ten en cuenta que…
Como lo indicamos en nuestro artículo Ley de emprendimiento: no cumplir hipótesis de negocio en marcha es causal de disolución, la causal de disolución por pérdidas había sido suspendida temporalmente a través del Decreto Legislativo 560 de abril de 2020 hasta el 16 de abril de 2022; por ello, atendiendo la evaluación contenida en el Oficio 220-006463 del 3 de febrero de 2021 de la Superintendencia de Sociedades, debe entenderse que hasta abril de 2022 tampoco se tendrán disolver y liquidar sociedades por la nueva causal de no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha.
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