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sábado, 6 de febrero de 2021
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Declaraciones de IVA, retención e INC de 2021 que requieren firma de contador

Firma de contador en declaraciones de IVA, retención e INC 2021 (actualicese.com)
viernes, 5 de febrero de 2021
Procedimientos de auditoría para los estados financieros de 2020

Procedimientos
de auditoría para los estados financieros de 2020 (actualicese.com)
Cesantías consignadas en febrero de 2021 formarán ingreso fiscal y no tendrán retención en la fuente

Según lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 841 de 1998, las cesantías no se deben someter a retención, aunque estas desde febrero de 2017 constituyan ingreso fiscal del año en el que se consignen.
Las normas contenidas en el numeral 3 del artículo 27 del Estatuto Tributario –ET– y el artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016 establecen que las cesantías que se consignen en los fondos de cesantías (comenzando con las consignadas en febrero de 2017) deben ser reconocidas en ese mismo momento (y no en el de su retiro) como un ingreso fiscal de los asalariados que tengan régimen laboral posterior a la Ley 50 de 1990. Además, si dichas cesantías se quedan en el fondo de cesantías hasta diciembre 31, también se deberán incluir en el patrimonio fiscal del asalariado.
Sin embargo, nada de eso sucede con las cesantías consignadas en los años 2016 y anteriores, las cuales no deben incluirse en el patrimonio fiscal y solo se reconocerán como un ingreso fiscal cuando sean retiradas. Incluso dichas cesantías al final del año solo se someterán al límite de rentas exentas mencionado en el numeral 4 del artículo 206 del ET, pero no se someterán al límite del 40 % mencionado en el artículo 336 del ET. Este último límite solo aplica para las cesantías consignadas a partir de febrero de 2017 (ver el parágrafo 3 del artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016).
A pesar de lo anterior, aunque el valor por cesantías que sean consignadas en los fondos desde febrero de 2017 en adelante sí deba ser reconocido como un ingreso fiscal del trabajador al final del año (e incluso deberán seguirse sometiendo a los dos límites de rentas exentas que se mencionan en el numeral 4 del artículo 206 del ET y el artículo 336 del ET), sucede que tales valores nunca se deben someter a retención en la fuente. Veamos por qué.
Las cesantías no se someten a retención en la fuente en ningún momento
Existen dos normas vigentes según las cuales los empleadores no deben someter a retención en la fuente ni las cesantías que les pagan directamente a sus trabajadores (lo cual ocurre cuando piden un adelanto de estas o cuando son liquidados en algún momento del año) ni las que sean consignadas en los fondos de cesantías. Las normas en cuestión son las siguientes:
a) El parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993, en el cual se lee:
“PARÁGRAFO 3. En ningún caso los pagos efectuados por concepto de cesantía serán sujetos de retención en la fuente”.
b) El artículo 22 del Decreto 841 de 1998, recopilado en el artículo 1.2.4.1.11 del DUT 1625 de octubre de 2016, en el cual se lee:
“Artículo 1.2.4.1.11. Retención en la fuente sobre cesantías. De conformidad con el parágrafo 3° del artículo 135 de la Ley 100 de 1993, en ningún caso los pagos efectuados por concepto de cesantías o intereses sobre las mismas, estarán sujetos a retención en la fuente, sin perjuicio del tratamiento previsto en el numeral 4 del artículo 206 del Estatuto Tributario”.
“las cesantías enviadas a los fondos de cesantías (como las que se enviarán en febrero de 2021) nunca se deberán someter a retenciones en la fuente ”
Por tanto, debe entenderse que las cesantías enviadas a los fondos de cesantías (como las que se enviarán en febrero de 2021) nunca se deberán someter a retenciones en la fuente , es decir, no se deben sumar con los demás ingresos laborales del mes de febrero. Y lo mismo sucedería en cualquier otro mes del año en el que los asalariados reciban otros valores por concepto de cesantías (ya sea porque pidieron un anticipo de estas o porque su contrato laboral fue liquidado).
Esto, también aplicaría para los asalariados con vínculo laboral anterior a la Ley 50 de 1990 que hagan parte del régimen tradicional de cesantías. Cuando sus empleadores les abonen contablemente en diciembre 31 de cada año el valor de sus cesantías, dichos valores sí deberán ser reconocidos por el asalariado como un ingreso fiscal del año, pero sus empleadores no lo someterán a retención en la fuente.
Lo mismo sucederá en cualquier otro mes del año en el que dichos asalariados reciban otros valores por concepto de cesantías (ya sea porque pidieron un anticipo de estas o porque su contrato laboral fue liquidado).
En todo caso, tal como lo hemos dicho anteriormente, aunque las cesantías no sean sometidas a retención en la fuente, eso no significa que al final del año el asalariado las pueda tratar 100 % como una renta exenta, pues al final del año sí deberá tomar en cuenta los límites que le impone el numeral 4 del artículo 206 del ET y el artículo 336 del ET (es justamente a eso a lo que se refiere la parte final del artículo 22 del Decreto 841 de 1998 anteriormente citado; ver también el Concepto Dian 8899 de marzo de 2015).
jueves, 4 de febrero de 2021
Reinvención de la auditoría interna: estrategias para realizarla acertadamente luego del COVID-19

Reinvención
de la auditoría interna (actualicese.com)
miércoles, 3 de febrero de 2021
Papel de auditores y revisores es el primero que se ve comprometido cuando ocurre un fraude

Prevención
de fraude por auditores y revisores fiscales (actualicese.com)
Saldos a favor por ventas exentas del IVA de insumos médicos se podrá solicitar en devolución

Devolución de saldos a favor por insumos médicos exentos del IVA (actualicese.com)
martes, 2 de febrero de 2021
Si sabes esto, las visitas de la Junta Central de Contadores no serán un problema

2. Elementos del sistema de calidad
El sistema de control de calidad debe tener políticas y procedimientos conforme a la NICC 1, a saber:
| Número | Nombre del elemento | Descripción | Herramientas de descarga |
| 1 | Responsabilidad de liderazgo | Los párrafos 18, 19, A4, A5 y A6 de la NICC 1 exponen que el presidente ejecutivo (o su equivalente) de la firma de auditoría será responsable por implementar un sistema de control de calidad, darle seguimiento y asignarles a sus subalternos las tareas relativas a su funcionamiento. | [Guía] Notificación de la asignación de responsabilidad en el sistema de control de calidad |
| 2 | Requerimientos de ética aplicables | La actuación del contador no consiste exclusivamente en satisfacer las necesidades de la empresa para la que trabaja. Este debe velar igualmente por el interés público y cumplir con todos los requerimientos del Código de Ética. Respecto a este tema, el artículo 1.2.1.6 del DUR 2420 de 2015 menciona que los contadores públicos deben aplicar de manera conjunta el contenido de la Ley 43 de 1990 y el anexo 4.1 de este decreto. | [Guía] Acta de entrega de normas de ética aplicables a encargos de auditoría [Carta] Independencia del revisor fiscal o auditor de la firma [Guía] Comunicación de asuntos que generan amenazas a la independencia |
| 3 | Aceptación y continuidad de la relación con los clientes | En este apartado se revisa qué debe tener en cuenta una firma de auditoría o un revisor fiscal al momento de evaluar la aceptación de la continuidad de las relaciones con sus clientes. La NICC 1 menciona que se requiere revisar que el cliente sea íntegro, que al desarrollar el encargo se pueda cumplir con los requerimientos expuestos en el Código de Ética de la IFAC y en la Ley 43 de 1990, y que los responsables de realizar el encargo cuenten con la capacidad, tiempo y recursos necesarios para hacerlo. | [Guía] Evaluación de las competencias y recursos de la firma [Guía] Lista de chequeo para evaluar la aceptación o continuidad de la relación con clientes |
| 4 | Recursos humanos | El elemento de recursos humanos está relacionado con el propósito de proporcionarles a los clientes una seguridad razonable de que hay un personal idóneo para realizar los encargos que se le destinen a la compañía. La eficiencia de la labor de un contador o de un grupo de auditoría se verá directamente influenciada por la buena gestión del control que se haga sobre este tema. | [Guía] Sistema de control de calidad aplicado a recursos humanos en un encargo de auditoría |
| 5 | Realización de los encargos | De acuerdo con los lineamientos expuestos en el párrafo 16 de la Norma Internacional de Control de Calidad –NIIC 1–, este elemento aborda el control que ejerce la firma de auditoría o el revisor fiscal en relación con la ejecución de las labores de sus colaboradores en pro del desarrollo del encargo de auditoría. | [Lista de chequeo] Planeación de la ejecución de un encargo NICC 1 [Lista de chequeo] Revisión de control de calidad en un encargo de auditoría |
| 6 | Seguimiento | Según los apartados 48, A64 y A65 de la NICC 1, este último proceso tiene el propósito de generar una seguridad razonable sobre las políticas y procedimientos implementados en el sistema de control de calidad de la firma de auditoría. | [Lista de chequeo] Seguimiento de control de calidad en un encargo de auditoría bajo NICC 1 |
3. Documentación del sistema de control de calidad
La firma o el profesional independiente obligado a implementar este sistema debe contar con catorce (14) documentos, los siguientes:
Manual de control de calidad.
Código de ética propio.
Carta mediante la cual pueda verificarse que la firma le entregó una copia del manual de control de calidad a cada empleado.
Carta mediante la cual se le entregue copia del código de ética de la firma a cada empleado.
Políticas de selección, capacitación y entrenamiento del personal.
Políticas de los procesos disciplinarios de la firma.
Documentación de las entrevistas y los procesos de reclutamiento.
Procesos de evaluación del desempeño de los empleados.
Políticas para revisión de encargos.
Políticas de convenios con otras firmas en lo referente a la ejecución, revisión o seguimiento de los encargos.
Declaraciones de independencia de los empleados y socios del encargo, que deben obtenerse cada año.
Políticas de atención a quejas y reclamos.
Documentación del seguimiento a quejas y reclamos.
Documentación de los programas de seguimiento, incluyendo los registros de la inspección realizada y el informe de los resultados y conclusiones alcanzados en el programa de seguimiento.
En la siguiente conferencia Beiki Cardozo, contadora pública de la Universidad Central, explica la importancia de la NICC 1 y entrega más elementos por conocer para quien está iniciando el proceso de implementación del sistema de control de calidad:
4. Manual de control de calidad
De acuerdo con el manual ilustrativo de la guía elaborada por la IFAC respecto a la NICC1, este documento debe contener los siguientes puntos:
Declaración de la política general.
Funciones y responsabilidades generales de todos los socios y empleados.
Responsabilidad de liderazgo en la calidad de la firma de auditoría.
Requerimientos de ética aplicables.
Aceptación y continuidad de relaciones con clientes.
Recursos humanos.
Ejecución del encargo.
Seguimiento.
Documentación.
Una guía para elaborar el acta de entrega de este manual, con el fin de tener un soporte de la aplicación de la NIIC 1, puede ser la que presentamos a continuación:
5. Guía de control de calidad para pequeñas y medianas firmas de auditoría
La Federación Internacional de Contadores –IFAC– tiene a disposición del público un material guía para la implementación de la Normas Internacionales de Control de Calidad en las Pymes, titulado Guide to Quality Control for Small –and Medium– Sized Practices, Third Edition.
El material de apoyo en cuestión fue elaborado en 2011, traducido en 2012 y publicado en julio 10 de 2015, y puede ser consultado aquí:
Dicho material podrá también ser complementado con la siguiente conferencia de la Dra. Beiky Cardozo, quien explicará los principios de la realización de los encargos en el control de calidad y los procedimientos y alcance que deberán tenerse en cuenta al hacer una auditoría de control de calidad.
6. ABC de las visitas de la JCC
En caso de que le sea programada una visita de la Junta Central de Contadores –JCC–, verifique que cuenta con los siguientes documentos:
Lo
que debe saber ante una visita de la JCC (actualicese.com)
Licencias no remuneradas: ¿pueden ser otorgadas con ocasión de la contingencia por el COVID-19?

lunes, 1 de febrero de 2021
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